Acerca de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas


Se instituye en términos de lo establecido en los Artículos 79, párrafos cuarto y quinto, de la Ley General de Víctimas, y 11 de la Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas, como un organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría General de Gobierno, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, financiera, presupuestal, de gestión y ejecución.

Coordinar los instrumentos, políticas, servicios y acciones para garantizar los derechos en materia de atención y reparación a víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos, en términos de la Ley General de Víctimas, Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas, y demás normatividad que le resulte aplicable.

Lcda. Graciela Guadalupe Velasco Cordero

Directora General.